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Documento de otra sociedad

COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V.

Este documento cubre únicamente la **Protección Legal de Arrendamiento** y la gestión de firma de contrato, no el Pasaporte Nommad. Los dos productos los contrata y factura COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V.; el Pasaporte lo ejecuta Nommad LLC por cuenta de ella, y el contenido de su Reporte de Crédito no sale de Nommad LLC.

Titular
COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V.
Versión
1.1
Vigente desde
2026-08-19

TÉRMINOS Y CONDICIONES — PROTECCIÓN LEGAL DE ARRENDAMIENTO Y GESTIÓN DE FIRMA

COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V.

Última actualización: 19 de agosto de 2026

Versión: 1.1


PREÁMBULO — QUIÉN ES SU CONTRAPARTE

Estos Términos se celebran entre usted y:

COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, Sociedad Anónima de Capital Variable ("CSO"), sociedad mexicana inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México bajo el Folio Mercantil 493090-1, con domicilio en Calle San Francisco 1384, Col. Del Valle Centro, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México y RFC CSO130130IG8, actuando por conducto de su representante legal.

CSO, Nommad y Nommad LLC

"Nommad" es el nombre comercial bajo el que CSO ofrece sus productos. Tanto el Pasaporte Nommad como la Protección Legal de Arrendamiento se contratan con CSO: CSO es su contraparte en ambos, es quien cobra y es quien emite el comprobante fiscal correspondiente.

Nommad LLC es una sociedad distinta, constituida en Delaware, Estados Unidos de América. No es su contraparte: no le vende, no le cobra y no le factura. Su única intervención consiste en ejecutar la investigación crediticia y de identidad por cuenta de CSO, en su carácter de Usuario registrado ante la Sociedad de Información Crediticia, y responde de la confidencialidad del reporte de crédito en términos del artículo 29 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

La plataforma tecnológica que usted utiliza es obra de su autor y CSO la emplea bajo licencia. CSO no es titular de la plataforma ni de su código fuente.

A quién protege la Protección

La Protección Legal de Arrendamiento protege al ARRENDADOR, no a usted.

Usted la contrata y la paga, pero el beneficiario del servicio es el arrendador: la Protección sirve para facilitarle la recuperación de la posesión del inmueble y el ejercicio de acciones legales, incluso en su contra, si usted incumple el contrato de arrendamiento.

Si esto no le queda claro, no continúe y pregunte antes.

Al marcar la casilla de aceptación y completar el pago, usted celebra un contrato vinculante con CSO.


CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES

  • Arrendador: propietario o poseedor legítimo del inmueble, beneficiario de la Protección.
  • Arrendatario o usted: la persona física que contrata y paga la Protección y que ocupa el inmueble.
  • Contrato de Arrendamiento: el celebrado entre Arrendador y Arrendatario respecto del Inmueble.
  • Inmueble: el bien identificado en la carátula de la Protección.
  • Protección: el servicio jurídico objeto de estos Términos.
  • Servicio de Gestión de Firma: la administración de la formalización y firma electrónica del Contrato de Arrendamiento.
  • Vigencia: el periodo señalado en la carátula, coincidente con el del Contrato de Arrendamiento.

CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETO

2.1. CSO presta, a favor del Arrendador y por cuenta del Arrendatario que la contrata, un servicio jurídico que comprende:

a) Revisión y elaboración del Contrato de Arrendamiento conforme a la legislación aplicable; b) Gestión de la firma del Contrato por medios electrónicos; c) Asesoría jurídica durante la Vigencia respecto del arrendamiento; d) Gestiones extrajudiciales de requerimiento de pago y de desocupación; e) Representación legal para el juicio de desocupación o desahucio y para la recuperación de la posesión del Inmueble; f) Seguimiento hasta la ejecución de la sentencia o convenio.

2.2. Qué NO es la Protección. Es indispensable que lo entienda:

a) La Protección no es un seguro ni una fianza; b) La Protección no garantiza el pago de las rentas; c) CSO no paga al Arrendador las rentas que usted deje de cubrir, ni los daños al Inmueble; d) La Protección no es una línea de crédito ni un financiamiento.

CSO no asume la obligación de pago del Arrendatario. La Protección es exclusivamente la prestación de los servicios jurídicos del numeral 2.1.

2.3. CSO no es institución de seguros ni de fianzas, ni entidad financiera, y no realiza actividades reservadas a éstas.


CLÁUSULA TERCERA. EMISIÓN Y VIGENCIA

3.1. Emisión. CSO evalúa cada solicitud y puede negarse a emitir la Protección, sin necesidad de expresar causa y sin responsabilidad. En tal caso reembolsará íntegramente cualquier cantidad pagada.

3.2. Qué información usa CSO para decidir. Con su autorización expresa, CSO conoce únicamente el resultado de su Pasaporte Nommad —emitido o no emitido, su vigencia y su folio—. CSO no recibe, no consulta y no conoce el contenido de su reporte de crédito, su score crediticio ni sus movimientos bancarios.

3.3. Inicio. La Protección surte efectos a partir de la fecha de su carátula, siempre que el pago se haya cubierto en su totalidad y el Contrato de Arrendamiento esté firmado por todas las partes.

3.4. Vigencia. Coincide con la del Contrato de Arrendamiento señalada en la carátula. Las renovaciones no son automáticas: requieren nueva contratación y nuevo pago.

3.5. Los servicios iniciados durante la Vigencia se concluyen aunque ésta termine, incluidos los procedimientos judiciales en curso.


CLÁUSULA CUARTA. EXCLUSIONES

CSO no está obligada a prestar el Servicio cuando:

a) La información proporcionada por usted o por el Arrendador sea falsa, alterada o incompleta en un aspecto relevante; b) El Contrato de Arrendamiento no se haya formalizado a través de CSO o se haya modificado sin su conocimiento; c) El Inmueble se destine a un uso distinto del declarado; d) Exista subarrendamiento o cesión no autorizados por el Arrendador; e) La controversia derive de hechos anteriores al inicio de la Vigencia; f) La controversia sea entre copropietarios, herederos o terceros ajenos al Contrato de Arrendamiento; g) Se trate de inmuebles sujetos a régimen agrario, ejidal o comunal, o con litigio previo sobre la propiedad o la posesión; h) El Arrendador se niegue a otorgar los poderes o la documentación necesarios para litigar; i) La causa sea caso fortuito o fuerza mayor; j) No se hayan cubierto las contraprestaciones pactadas.


CLÁUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

5.1 De CSO

  • Prestar los servicios del numeral 2.1 con la diligencia profesional exigible.
  • Asignar abogados con cédula profesional vigente.
  • Informar el estado de las gestiones cuando se le solicite.
  • Responder cualquier reporte o solicitud en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, y las gestiones urgentes en 48 (cuarenta y ocho) horas.
  • Guardar confidencialidad y tratar sus datos conforme a su Aviso de Privacidad.

5.2 Del Arrendatario

  • Proporcionar información veraz y completa.
  • Cubrir el precio de la Protección.
  • Notificar cualquier controversia dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a que la conozca.
  • Cumplir el Contrato de Arrendamiento.

5.3 Del Arrendador

  • Otorgar los poderes y la documentación necesarios para litigar.
  • Acreditar la propiedad o posesión legítima del Inmueble.
  • No celebrar convenios con el Arrendatario sin informar a CSO.
  • Cubrir los gastos que expresamente se pacten a su cargo (numeral 6.3).

CLÁUSULA SEXTA. PRECIO, PAGO Y GASTOS

6.1. Precio por cotización personalizada. El precio de la Protección se determina de manera personalizada en función del resultado de la investigación del Usuario y de la renta pactada en el Contrato de Arrendamiento de que se trate.

CSO le informará el precio, con su desglose y con el Impuesto al Valor Agregado incluido, antes de la contratación, y usted lo acepta expresamente al contratar. El precio así aceptado es el que consta en la carátula y no puede modificarse una vez contratada la Protección.

Mientras usted no acepte la cotización no se genera obligación de pago alguna.

🔴 Leyenda obligatoria en la carátula, junto al precio cotizado:

«Este es un contrato de prestación de servicios jurídicos. No es un seguro, no es una fianza y no garantiza el pago de las rentas.»

Saldo acreditable del Pasaporte Nommad. Si usted cuenta con un Pasaporte Nommad vigente, el saldo acreditable que éste le confiere se aplica al precio de la Protección en los términos de la cláusula correspondiente de los Términos y Condiciones del Pasaporte. El saldo se refleja en la cotización que se le presenta.

6.2. El pago se realiza de contado al momento de la contratación, mediante tarjeta de crédito, tarjeta de débito o transferencia electrónica (SPEI).

6.3. Gastos NO incluidos — es la exclusión que más reclamaciones genera y por eso se enuncia expresamente:

a) Gastos y costas judiciales que decrete la autoridad; b) Honorarios de peritos, actuarios y depositarios; c) Derechos, certificaciones y copias; d) Cerrajería, mudanza y almacenaje en la ejecución; e) Notario o corredor público; f) Honorarios de abogados ajenos a CSO.

Se informará por escrito antes de erogarlos y su pago será a cargo del Arrendador, salvo que en la carátula se pacte expresamente otra cosa. Ningún gasto de este numeral puede erogarse sin aviso previo por escrito a quien deba cubrirlo.

6.4. Reembolsos. Procede el reembolso íntegro si CSO no emite la Protección (numeral 3.1) o si el Contrato de Arrendamiento no se celebra por causas ajenas a usted, siempre que lo solicite dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes. Una vez iniciada la prestación de los servicios, el precio no es reembolsable en la proporción ya prestada.


CLÁUSULA SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD

7.1. CSO responde por la debida prestación de los servicios jurídicos, no por el resultado de los procedimientos. La resolución de un juicio depende de la autoridad judicial.

7.2. CSO no responde por: las rentas no pagadas; los daños al Inmueble; el tiempo que tarde la autoridad; la conducta de las partes; ni las consecuencias de información falsa o incompleta que se le haya proporcionado.

7.3. Nada en esta cláusula limita la responsabilidad de CSO por dolo, mala fe, negligencia profesional, ni los derechos irrenunciables que la Ley Federal de Protección al Consumidor reconoce al consumidor.

7.4. Límite de responsabilidad. Salvo por los supuestos del numeral 7.3, la responsabilidad total y acumulada de CSO frente a usted, por cualquier causa derivada de estos Términos, no excederá del monto que usted haya pagado a CSO por la Protección en los 12 (doce) meses anteriores al hecho que dio origen a la reclamación.

Este límite no es aplicable —y por tanto CSO responde sin tope— cuando medie dolo, mala fe o negligencia profesional, ni respecto de los derechos irrenunciables que la Ley Federal de Protección al Consumidor le reconoce.


CLÁUSULA OCTAVA. DATOS PERSONALES

El tratamiento de sus datos se rige por el Aviso de Privacidad de CSO, que forma parte integrante de estos Términos.

Advertencia: ese aviso es distinto del Aviso de Privacidad de Nommad, que rige el tratamiento de los datos de su Pasaporte Nommad. CSO es responsable de los datos que trata para la Protección; la investigación crediticia y de identidad la ejecuta Nommad LLC por cuenta de CSO y se rige por aquel aviso. Son dos tratamientos separados.


CLÁUSULA NOVENA. TERMINACIÓN

9.1. Por conclusión de la Vigencia; por mutuo acuerdo; por terminación del Contrato de Arrendamiento; o por incumplimiento grave de cualquiera de las partes.

9.2. CSO puede terminar anticipadamente, sin responsabilidad, si se acredita que la información proporcionada fue falsa en un aspecto relevante. En tal caso el precio no es reembolsable.

9.3. La terminación no afecta los procedimientos judiciales en curso, que se concluyen conforme al numeral 3.5.


CLÁUSULA DÉCIMA. MODIFICACIONES

Cualquier modificación se notificará con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación y requerirá su aceptación expresa. En tanto no la otorgue, seguirán aplicando los Términos vigentes al momento de su contratación.

No aplica a modificaciones que sean más favorables para usted, ni a las derivadas de un cambio en la ley.


CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. ATENCIÓN, QUEJAS Y PROFECO

11.1. Atención al cliente: contacto@nommad.mx · +52 55 9111 6827 · horario lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas (hora del centro de México).

11.2. Responderemos toda queja en un máximo de 5 (cinco) días hábiles.

11.3. Sin perjuicio de lo anterior, usted puede acudir ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO): teléfono 55 5568 8722 · www.profeco.gob.mx.


CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN

12.1. Estos Términos se rigen por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y, en lo aplicable, por la Ley Federal de Protección al Consumidor.

12.2. Para su interpretación y cumplimiento, las Partes se someten a los tribunales competentes de la Ciudad de México. Tratándose de consumidores, esta sumisión no les será aplicable y podrán acudir a los tribunales de su domicilio o ante PROFECO.


CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. ACEPTACIÓN

Al marcar la casilla de aceptación y completar el pago, usted manifiesta que:

  1. Ha leído y comprendido estos Términos y el Aviso de Privacidad de CSO.
  2. Entiende que COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V. es una empresa distinta de Nommad LLC, y que "Nommad" es únicamente el nombre comercial bajo el que CSO ofrece sus productos.
  3. Entiende que la Protección protege al Arrendador y puede ejercerse en su contra.
  4. Entiende que la Protección NO garantiza el pago de rentas ni es un seguro o fianza.
  5. La información que proporcionó es veraz.

COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V. Inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México bajo el Folio Mercantil 493090-1 Calle San Francisco 1384, Col. Del Valle Centro, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México · RFC: CSO130130IG8 contacto@nommad.mx

Nommad VerifyPassport

Verificación de identidad y solvencia · México

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El Pasaporte Nommad y la Protección Legal de Arrendamiento son productos de COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V.

La investigación la ejecuta Nommad LLC por cuenta de COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V.