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Titular
COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V.
Versión
1.2
Vigente desde
2026-08-19

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO

COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V.

Última actualización: 19 de agosto de 2026

Versión: 1.2


PREÁMBULO

Los presentes Términos y Condiciones (los "Términos") regulan el acceso y uso de la plataforma, el sitio web y las aplicaciones móviles operadas bajo la marca Nommad, así como de los productos y servicios que a través de ellos se ofrecen (conjuntamente, la "Plataforma").

QUIÉN ES SU CONTRAPARTE

Estos Términos se celebran entre usted y COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V. ("CSO" o "nosotros"), sociedad mexicana inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México bajo el Folio Mercantil 493090-1, con Registro Federal de Contribuyentes CSO130130IG8 y domicilio en Calle San Francisco 1384, Col. Del Valle Centro, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México.

CSO es su contraparte y quien le factura en los dos productos que se ofrecen en la Plataforma: el Pasaporte Nommad y la Protección Legal de Arrendamiento. CSO percibe el precio de ambos y emite el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) correspondiente a cada uno.

Quién ejecuta la investigación. La verificación de identidad y la consulta de su historial crediticio las realiza Nommad LLC, sociedad de responsabilidad limitada constituida conforme a las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de América, que es el "Usuario" registrado ante Círculo de Crédito, S.A. de C.V. SIC y actúa por cuenta de CSO al amparo de un contrato de comisión mercantil.

Usted no contrata con Nommad LLC ni le paga a Nommad LLC. Sin embargo, Nommad LLC responde frente a usted de la confidencialidad de su Reporte de Crédito en términos del artículo 29 de la LRSIC —obligación que no se delega—, y la autorización de consulta que usted otorga se extiende a su nombre conforme a la Cláusula Décima Segunda.

El contenido de su Reporte de Crédito no sale de Nommad LLC: CSO no lo recibe, no lo consulta y no puede acceder a él. Únicamente conoce el resultado de su Pasaporte, su vigencia y su folio.

Domicilio convencional y ley aplicable. Ambas sociedades señalan como domicilio convencional en México el arriba indicado, para oír y recibir toda clase de notificaciones, atender reclamaciones y desahogar el ejercicio de sus derechos, y se someten expresamente a la legislación y a la jurisdicción mexicanas, renunciando a invocar cualquier fuero extranjero frente a usted.

Al registrarse, crear una cuenta o utilizar la Plataforma, usted celebra un contrato vinculante con CSO y acepta estos Términos en su totalidad. Si no está de acuerdo con ellos, absténgase de usar la Plataforma.


CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES

Para efectos de estos Términos:

  • Aviso de Privacidad: el aviso de privacidad integral de Nommad, disponible en /legal/aviso-de-privacidad, que forma parte integrante de estos Términos.
  • Encargado: la persona que trata datos personales por cuenta y bajo las instrucciones de un responsable, sin usarlos para fines propios. La comunicación de datos a un Encargado es una remisión y no una transferencia.
  • CSO: COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V., contraparte contractual del Usuario, quien percibe el precio y emite el CFDI de los dos productos, usa la Plataforma bajo licencia en los términos de la Cláusula Séptima y es responsable del tratamiento conforme al Aviso de Privacidad.
  • Nommad: el nombre comercial bajo el cual CSO ofrece los productos descritos en estos Términos. No designa por sí solo a una sociedad.
  • Nommad LLC: la sociedad que ejecuta la investigación por cuenta de CSO y es el "Usuario" registrado ante la SIC. No es contraparte del Usuario.
  • Comisión Mercantil: el contrato por el cual CSO encomienda a Nommad LLC la ejecución de la investigación.
  • Cuenta: el registro personal e intransferible que el Usuario crea en la Plataforma.
  • Datos Generales: nombre y apellidos completos, domicilio, CURP o RFC o fecha de nacimiento, y número telefónico o correo electrónico.
  • KYC: el proceso de conocimiento e identificación del cliente que ejecuta Nommad LLC por cuenta de CSO.
  • LRSIC: la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.
  • Medios Electrónicos de Autenticación: los mecanismos que las Partes reconocen como equivalentes a la firma autógrafa conforme a la Cláusula Décima Primera, incluyendo NIP, contraseña, e.firma, Firma Autógrafa Digital, autenticación biométrica y demás previstos en el artículo 1803 del Código Civil Federal y en el Código de Comercio.
  • NIP: Número de Identificación Personal de un solo uso que la Plataforma envía al Usuario al medio de contacto que éste registró.
  • Reporte de Crédito: el reporte que emiten las Sociedades de Información Crediticia sobre el comportamiento crediticio de una persona.
  • SIC: Sociedad de Información Crediticia autorizada para operar en México. Nommad LLC mantiene contrato únicamente con Círculo de Crédito, S.A. de C.V. SIC, que es la SIC a la que se refieren estos Términos y la autorización que usted otorga.
  • Usuario: la persona física o moral que crea una Cuenta o utiliza la Plataforma.

CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETO Y RELACIÓN JURÍDICA

2.1. Objeto. CSO presta al Usuario un servicio de evaluación y certificación de perfil de arrendamiento, consistente en:

a) Verificar y validar la identidad del Usuario; b) Analizar su perfil, incluida —previa autorización expresa e independiente— la consulta de su historial crediticio ante Sociedades de Información Crediticia; c) Emitir a favor del Usuario un resultado de evaluación (el "Pasaporte Nommad"), con su vigencia y folio de verificación; y d) Comunicar dicho resultado —y nunca el contenido del Reporte de Crédito— al arrendador o inmobiliaria que el propio Usuario designe.

2.2. El Usuario es el titular del servicio. El Usuario reconoce que el servicio se presta a él y en su beneficio, que él contrata el Pasaporte Nommad con CSO y a ella le paga, y que es él quien decide si comunica su resultado y a quién. Ni CSO ni Nommad LLC prestan servicios de investigación de inquilinos a arrendadores ni a inmobiliarias, ni les entrega el contenido de Reportes de Crédito.

2.3. Constitución de la relación jurídica. Las Partes reconocen expresamente que, desde el momento en que el Usuario acepta los presentes Términos y se completa exitosamente el registro de su Cuenta, se constituye una relación jurídica entre el Usuario y CSO, la cual subsistirá hasta que se dé por terminada conforme a la Cláusula Décima Sexta.

2.4. Número de cuenta. Al completarse el registro, el Usuario recibirá un número de cuenta único con su respectiva fecha de apertura, que documenta la relación jurídica con CSO y le será comunicado en el acuse de registro.

2.5. Decisión propia sobre producto propio. El resultado del Pasaporte es una decisión propia sobre un producto propio. No constituye una recomendación al arrendador, ni una calificación crediticia, ni un dictamen sobre la solvencia del Usuario oponible frente a terceros.

2.6. Ni CSO ni Nommad LLC son institución de crédito, entidad financiera o Sociedad de Información Crediticia, y ninguna capta recursos del público.

2.7. Cambio del ejecutor de la investigación. El Usuario reconoce y acepta que la ejecución de la investigación puede trasladarse en el futuro a otra sociedad que obtenga su propio registro como "Usuario" ante una Sociedad de Información Crediticia, sin que ello altere quién es su contraparte.

Cualquier cambio de contraparte contractual se le notificará con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación, en los términos de la Cláusula Décima Séptima, y el Usuario podrá terminar la relación sin penalización antes de que surta efectos.

El Usuario reconoce que la autorización de consulta a Sociedades de Información Crediticia no se transfiere: si otra sociedad pretendiera consultar su historial crediticio bajo su propio registro, deberá recabar del Usuario una autorización nueva e independiente, en los términos del artículo 28 de la LRSIC. Los acuses y constancias ya emitidos conservan el nombre de la sociedad que efectuó la consulta.


CLÁUSULA TERCERA. CAPACIDAD Y REGISTRO

3.1. Para usar la Plataforma el Usuario debe ser persona física mayor de 18 años con plena capacidad jurídica, o persona moral legalmente constituida actuando por conducto de representante con facultades suficientes.

3.2. El Usuario se obliga a proporcionar información veraz, completa, exacta y actualizada, y a mantenerla así. Nommad podrá suspender o cancelar la Cuenta si detecta información falsa, inexacta o que no pueda verificarse.

3.3. La Cuenta es personal e intransferible. El Usuario es el único responsable de la confidencialidad de sus credenciales y de toda actividad realizada desde su Cuenta. Deberá notificar de inmediato a contacto@nommad.mx cualquier uso no autorizado.


CLÁUSULA CUARTA. VERIFICACIÓN DE IDENTIDAD (KYC)

4.1. Nommad realizará procesos de verificación de identidad que pueden incluir: captura de identificación oficial vigente, validación de CURP ante RENAPO, validación de RFC ante el SAT, validación de credencial para votar ante el INE, comparación biométrica facial, prueba de vida y verificación del domicilio y del medio de contacto.

4.2. El Usuario autoriza a Nommad a realizar estas validaciones y a contratar proveedores especializados para ello.

4.3. El tratamiento de datos biométricos, por tratarse de datos personales sensibles, requiere el consentimiento expreso del Usuario, el cual se recaba mediante una casilla específica y separada. La negativa a otorgarlo puede impedir la contratación de determinados productos.

4.4. Nommad podrá rechazar el registro o cancelar la Cuenta cuando la verificación no sea satisfactoria, cuando existan indicios de suplantación de identidad, o cuando el Usuario aparezca en listas oficiales de personas bloqueadas o sancionadas.


CLÁUSULA QUINTA. USO PERMITIDO Y CONDUCTAS PROHIBIDAS

5.1. El Usuario se obliga a usar la Plataforma conforme a la ley, a estos Términos y a la buena fe.

5.2. Queda prohibido, de manera enunciativa y no limitativa:

a) Utilizar la Plataforma para actividades ilícitas o que infrinjan derechos de terceros. b) Suplantar la identidad de otra persona o proporcionar documentos alterados o apócrifos. c) Solicitar o realizar consultas de historial crediticio de terceros sin su autorización expresa. d) Utilizar la información obtenida para fines discriminatorios prohibidos por la ley. e) Intentar vulnerar, evadir o poner a prueba los controles de seguridad de la Plataforma. f) Emplear robots, scrapers, ingeniería inversa o cualquier medio automatizado no autorizado. g) Revender, sublicenciar o explotar comercialmente la Plataforma o su contenido. h) Introducir código malicioso o realizar acciones que degraden el servicio.

5.3. El incumplimiento de esta cláusula faculta a Nommad a suspender o cancelar la Cuenta de forma inmediata y sin responsabilidad, y a ejercer las acciones legales que correspondan.


CLÁUSULA SEXTA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

6.1. El tratamiento de los datos personales del Usuario se rige por el Aviso de Privacidad, disponible en /legal/aviso-de-privacidad, que el Usuario declara haber leído y aceptado, y que forma parte integrante de estos Términos.

6.2. La aceptación de estos Términos no sustituye ni equivale a los consentimientos expresos que el Aviso de Privacidad requiere de manera diferenciada para el tratamiento de datos financieros y patrimoniales, datos biométricos, transferencias que requieren consentimiento y finalidades secundarias.


CLÁUSULA SÉPTIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL

7.1. Titularidad de la Plataforma. La Plataforma, su código fuente, diseño, interfaces, bases de datos, modelos y documentación técnica son obra de una persona física que conserva su titularidad en carácter de autor, y se encuentran protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor y por la legislación internacional aplicable. El autor ejerce el derecho de mantener su obra bajo anonimato en términos del artículo 21, fracción II, de dicha ley; su identidad consta en el contrato de licencia y se acredita ante autoridad competente que lo requiera.

7.2. CSO usa la Plataforma bajo licencia. CSO emplea la Plataforma al amparo de una licencia de uso no exclusiva y revocable otorgada por el titular, y no adquiere ni ostenta titularidad alguna sobre el código fuente, las bases de datos estructurales, los modelos ni la documentación técnica. Nada en estos Términos transfiere a CSO derecho de autor alguno.

7.3. Marca y nombre comercial. "Nommad" es el nombre comercial bajo el cual CSO ofrece los productos descritos en estos Términos. Los signos distintivos, logotipos y demás elementos de identidad se usan conforme a los derechos que su titular ha conferido; su uso por el Usuario está sujeto a la cláusula 7.4.

7.4. Licencia al Usuario. CSO otorga al Usuario una licencia limitada, revocable, no exclusiva, no transferible y no sublicenciable para acceder y usar la Plataforma exclusivamente para los fines previstos en estos Términos. No se transfiere ningún otro derecho.

7.5. Contenidos del Usuario. El Usuario conserva la titularidad de los contenidos y documentos que cargue en la Plataforma, y otorga a CSO una licencia no exclusiva para usarlos únicamente en la medida necesaria para prestar el servicio contratado.

7.6. Continuidad del servicio. La licencia a que se refiere la cláusula 7.2 es un acuerdo entre CSO y el titular de la Plataforma, del que el Usuario no es parte. Su terminación no libera a CSO de las obligaciones ya contraídas con el Usuario ni afecta la vigencia de los servicios que éste haya contratado y pagado, que CSO deberá concluir o, en su defecto, reembolsar en los términos de la Cláusula Décima Sexta.


CLÁUSULA OCTAVA. DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO Y FUENTES DE TERCEROS

8.1. Nommad realizará esfuerzos razonables para mantener la Plataforma disponible, pero no garantiza disponibilidad ininterrumpida ni ausencia de errores. Podrá suspender el servicio para mantenimiento, con aviso previo cuando sea posible.

8.2. Una parte sustancial de la información que la Plataforma procesa proviene de fuentes de terceros (Sociedades de Información Crediticia, RENAPO, SAT, INE y otros). Nommad no genera ni controla dicha información, no garantiza su exactitud, integridad ni disponibilidad, y no responde por interrupciones, demoras o inconsistencias imputables a dichas fuentes.

8.3. Si el Usuario considera que la información contenida en su Reporte de Crédito es incorrecta, deberá presentar la reclamación directamente ante la Sociedad de Información Crediticia correspondiente, conforme al procedimiento previsto en el Capítulo IV de la LRSIC. Cuando la información reclamada haya sido proporcionada por Nommad, atenderemos la reclamación que nos traslade la Sociedad de Información Crediticia dentro del plazo de 30 (treinta) días naturales previsto en el Capítulo IV de la LRSIC y, de resultar procedente, solicitaremos la corrección correspondiente. Nommad no puede modificar por sí misma registros que no haya originado.


CLÁUSULA NOVENA. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

9.1. La Plataforma se proporciona "tal cual" y "según disponibilidad".

9.1 bis. Respecto de Usuarios que tengan el carácter de consumidores en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, las limitaciones y exclusiones previstas en los numerales 9.2 y 9.3 de esta Cláusula Novena no les serán aplicables.

9.2. En la máxima medida permitida por la ley, Nommad no será responsable por daños indirectos, incidentales, especiales, punitivos ni por lucro cesante, ni por decisiones de negocio o personales que el Usuario adopte con base en la información obtenida a través de la Plataforma.

9.3. La responsabilidad total y acumulada de Nommad frente al Usuario, por cualquier causa, no excederá del monto que el Usuario haya pagado a Nommad en los 12 (doce) meses anteriores al hecho que dio origen a la reclamación.

9.4. Nada en esta cláusula limita la responsabilidad de Nommad por dolo, mala fe o por aquello que la ley no permita limitar, incluidos los derechos irrenunciables que la Ley Federal de Protección al Consumidor reconoce al Usuario consumidor.


CLÁUSULA DÉCIMA. CONTRAPRESTACIONES

10.1. Pasaporte Nommad. El precio del Pasaporte Nommad es de $1,799.00 M.N. (mil setecientos noventa y nueve pesos 00/100 Moneda Nacional), Impuesto al Valor Agregado incluido, pagadero en una sola exhibición al momento de la contratación. CSO emitirá el CFDI correspondiente.

10.2. Saldo acreditable. Del precio señalado, la cantidad de $1,199.00 M.N. constituye un saldo acreditable a favor del Usuario, aplicable al precio de la Protección Legal de Arrendamiento si el Usuario la contrata con CSO al firmar un contrato de arrendamiento durante la vigencia de su Pasaporte. El saldo no es reembolsable en efectivo, no genera intereses y no es transferible a un tercero.

10.3. Vigencia. El Pasaporte Nommad tiene una vigencia de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha de su emisión.

10.4. Renovación. Durante su vigencia, el Usuario puede renovar su Pasaporte por 15 (quince) días naturales adicionales con el pago de $300.00 M.N., Impuesto al Valor Agregado incluido, hasta un máximo de 3 (tres) renovaciones por año calendario.

La renovación requiere una solicitud expresa del Usuario en cada ocasión: no hay cargos recurrentes, no hay renovación automática y no se genera cargo alguno sin que el Usuario lo solicite.

La renovación conserva íntegro el saldo acreditable señalado en el numeral 10.2 durante la vigencia extendida.

10.5. Portabilidad. El Pasaporte es portable: durante su vigencia el Usuario puede acreditar su resultado ante cualquier arrendador, asesor o inmobiliaria que él designe, tantas veces como quiera y sin costo adicional, sin que ello genere una nueva consulta a Sociedades de Información Crediticia.

10.6. Una investigación vigente por persona. El Usuario no puede mantener más de una investigación vigente de manera simultánea. Concluida la vigencia sin renovación, el Pasaporte se extingue y la emisión de uno nuevo causa el precio íntegro señalado en el numeral 10.1, por implicar una investigación nueva y completa.

10.7. Protección Legal de Arrendamiento — precio por cotización personalizada. El precio de la Protección Legal de Arrendamiento se determina de manera personalizada en función del resultado de la investigación del Usuario y de la renta pactada en el contrato de arrendamiento de que se trate.

CSO le informará el precio con su desglose y con el Impuesto al Valor Agregado incluido antes de la contratación, y el Usuario lo acepta expresamente al contratar. No se genera obligación de pago alguna mientras el Usuario no acepte la cotización.

10.8. Los precios se expresan en pesos mexicanos e incluyen el Impuesto al Valor Agregado, salvo indicación en contrario. Cualquier modificación a las tarifas se notificará con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación y sólo será aplicable al Usuario que la acepte expresamente. Si el Usuario no la acepta, podrá terminar la relación sin penalización alguna antes de su entrada en vigor, conservando las condiciones vigentes hasta esa fecha.


CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS DE AUTENTICACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE FIRMA AUTÓGRAFA

11.1. Consentimiento al uso de medios electrónicos. Las Partes acuerdan de manera expresa que el Usuario podrá manifestar su consentimiento y voluntad, celebrar actos jurídicos, y tener acceso a los servicios ofrecidos por Nommad, mediante Medios Electrónicos de Autenticación, tales como Número de Identificación Personal (NIP), contraseñas, claves de un solo uso enviadas a su teléfono o correo electrónico, Firma Electrónica Avanzada (e.firma), Firma Autógrafa Digital (FAD), datos biométricos y demás mecanismos que Nommad ponga a su disposición.

Para la autorización de consulta a Sociedades de Información Crediticia, Nommad utilizará únicamente el o los medios electrónicos expresamente autorizados por la Sociedad de Información Crediticia conforme al oficio de autorización de flujo correspondiente.

11.2. Equivalencia funcional. Las Partes reconocen y aceptan que el uso de dichos Medios Electrónicos de Autenticación sustituye a la firma autógrafa del Usuario y produce los mismos efectos jurídicos y el mismo valor probatorio que ésta, en términos de lo dispuesto por el artículo 1803 del Código Civil Federal, los artículos 89 bis, 93 bis, 1298-A y demás relativos del Código de Comercio, el artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles y sus disposiciones sustitutas, la NOM-151-SCFI-2016 sobre conservación de mensajes de datos, el artículo 28, tercer párrafo, de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y la Circular 27/2008 del Banco de México.

11.3. Uso personal y exclusivo. El Usuario reconoce que los Medios Electrónicos de Autenticación son de su uso personal, exclusivo e intransferible, que los datos de creación de la firma se encuentran bajo su control exclusivo al momento de utilizarlos, y que es responsable de su custodia y confidencialidad. El Usuario se obliga a notificar de inmediato a Nommad cualquier pérdida, robo o uso no autorizado.

11.4. Presunción de autoría. Las Partes convienen que se presumirá que las operaciones y manifestaciones de voluntad realizadas mediante los Medios Electrónicos de Autenticación asignados al Usuario fueron efectuadas por él, salvo prueba en contrario, y que dichas operaciones le son plenamente atribuibles y vinculantes.

11.5. Registro y valor probatorio. Nommad conservará, por los plazos que la ley exige, el registro electrónico íntegro de cada manifestación de voluntad, incluyendo fecha y hora, dirección IP, identificador de dispositivo, versión del documento aceptado y el resultado del proceso de autenticación. Las Partes reconocen que dichos registros constituyen mensajes de datos con valor probatorio en términos de los artículos 89 bis, 93 bis y 1298-A del Código de Comercio, y que serán admisibles en cualquier procedimiento judicial, arbitral o administrativo, sin perjuicio de la valoración que corresponda a la autoridad.

11.6. Integridad. Nommad implementa mecanismos que permiten detectar cualquier alteración a la información firmada electrónicamente y al mensaje de datos con posterioridad al momento de la firma.

11.7. Aceptación separada. La aceptación de la presente cláusula no constituye ni sustituye la autorización para la consulta de información crediticia a que se refiere la Cláusula Décima Segunda, la cual se recaba de manera separada, en una sección especial y mediante una manifestación de voluntad adicional, en términos del artículo 28, séptimo párrafo, de la LRSIC.


CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. AUTORIZACIÓN PARA CONSULTA DE INFORMACIÓN CREDITICIA

Esta cláusula NO se acepta junto con el resto de los Términos. Se presenta al Usuario en una pantalla dedicada e independiente, con una manifestación de voluntad adicional (segundo ingreso del NIP o equivalente), conforme al artículo 28, párrafo séptimo, de la LRSIC.

12.1. Para la evaluación de solicitudes y el seguimiento de la relación jurídica, Nommad requiere consultar el historial crediticio del Usuario ante Sociedades de Información Crediticia.

12.2. Dicha consulta sólo puede realizarse con la autorización expresa del Usuario, otorgada en los términos del artículo 28 de la LRSIC.

12.3. La autorización se recaba en una sección especial e independiente del proceso de contratación, mediante una manifestación de voluntad adicional a la requerida para aceptar estos Términos.

12.4. La autorización tendrá una vigencia de 3 (tres) años contados a partir de la fecha de su otorgamiento —un año conforme al artículo 28, párrafo sexto, de la LRSIC, más dos años adicionales que el Usuario autoriza expresamente— y, en todo caso, durante el tiempo que subsista la relación jurídica entre el Usuario y CSO. Durante dicha vigencia, Nommad LLC podrá realizar consultas periódicas.

12.5. El Usuario puede revocar esta autorización en cualquier momento escribiendo a privacidad@nommad.mx. La revocación surte efectos hacia el futuro y no afecta las consultas ya realizadas, ni la obligación de Nommad de conservar la evidencia de la autorización por 60 (sesenta) meses, derivada de los artículos 29 y 31 de la LRSIC y de las políticas de la Sociedad de Información Crediticia con la que Nommad mantiene contrato.

12.6. Confidencialidad absoluta y muro de separación. Nommad LLC guarda absoluta confidencialidad respecto del contenido de los Reportes de Crédito que le sean proporcionados y se obliga a no compartirlos con terceros, en términos del artículo 29 de la LRSIC.

En particular, el Usuario reconoce y acepta que el contenido del Reporte de Crédito no se comparte con nadie: ni con CSO —que es su contraparte contractual pero no accede al Reporte—, ni con el arrendador, ni con la inmobiliaria, ni con ningún otro tercero. El Reporte se almacena y procesa exclusivamente en infraestructura bajo control de Nommad LLC.

Al arrendador o inmobiliaria que el Usuario designe se le comunica exclusivamente: el resultado (aprobado, no aprobado o en revisión), su vigencia y un folio de verificación. Nunca saldos, adeudos, número de créditos, calificaciones de pago, nombres de acreedores, score ni ningún dato tomado del Reporte.

12.7. El Usuario reconoce haber sido informado de la naturaleza y alcance de la información que se solicitará, del uso que Nommad hará de ella, y del hecho de que Nommad realizará consultas periódicas de su historial crediticio durante la vigencia de la relación jurídica.

12.8. Sociedad que realiza la consulta. El Usuario reconoce que la sociedad registrada como "Usuario" ante Círculo de Crédito, S.A. de C.V. SIC, y la única nombrada en la autorización que otorgue, es Nommad LLC.


CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. DECISIONES AUTOMATIZADAS

13.1. Nommad utiliza procesos automatizados para evaluar solicitudes.

13.2. El Usuario tiene derecho a conocer la lógica general de la decisión, a solicitar su revisión por una persona, a manifestar su punto de vista y a oponerse a que la decisión se adopte exclusivamente con base en el tratamiento automatizado cuando ésta le produzca efectos jurídicos no deseados o afecte significativamente sus intereses. Puede ejercer estos derechos escribiendo a privacidad@nommad.mx.

13.3. El rechazo de una solicitud no implica juicio alguno sobre la persona del Usuario ni constituye una calificación de su solvencia por parte de una autoridad.


CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES

14.1. El Usuario acepta recibir notificaciones relacionadas con el servicio por correo electrónico, mensaje de texto, notificación push o mediante avisos en la Plataforma, y reconoce que dichas comunicaciones surten plenos efectos legales.

14.2. Es responsabilidad del Usuario mantener actualizados sus medios de contacto.

14.3. CSO y Nommad LLC señalan como domicilio convencional en México, para oír y recibir toda clase de notificaciones y para la atención de reclamaciones y del ejercicio de derechos, el ubicado en Calle San Francisco 1384, Col. Del Valle Centro, C.P. 03100, Benito Juárez, Ciudad de México, y se someten expresamente a la legislación y jurisdicción mexicanas, renunciando a invocar cualquier fuero extranjero frente al Usuario.

14.4. Unidad Especializada de Atención al Consumidor: Área de Atención al Consumidor de Nommad, localizable en el domicilio, el teléfono y los correos señalados en esta Cláusula.

14.5. Correo único para asuntos legales: legal@nommad.mx. Para privacidad: privacidad@nommad.mx.


CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES

15.1. Nommad puede modificar estos Términos. Las modificaciones se publicarán en /legal/terminos con la fecha de última actualización.

15.2. Tratándose de modificaciones materiales, Nommad las notificará con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación y requerirán la aceptación expresa del Usuario mediante una acción afirmativa dentro de la Plataforma. En tanto no la otorgue, continuarán aplicándose los Términos vigentes al momento de su última aceptación, o bien podrá terminar la relación sin penalización conforme a la Cláusula Décima Sexta.

15.3. Ninguna modificación a estos Términos puede ampliar el alcance de una autorización de consulta crediticia ya otorgada. Cualquier ampliación requiere una nueva autorización expresa.

15.4. Historial de versiones. Cada versión se identifica por su número y su fecha de última actualización:

VersiónÚltima actualizaciónQué cambió
1.219/08/2026Cambia la contraparte contractual del Usuario: COMERCIALIZADORA Y SISTEMAS OCHOA, S.A. de C.V. sustituye a la sociedad anteriormente señalada, percibe el precio y emite el CFDI de los dos productos. Se precisa la Cláusula Séptima: la Plataforma es obra de su autor, persona física, cuya titularidad queda reservada, y CSO la emplea bajo licencia sin adquirir derecho de autor alguno; se agrega la continuidad del servicio ya contratado frente a la terminación de esa licencia. Nommad LLC conserva su carácter de "Usuario" registrado ante la Sociedad de Información Crediticia. La Cláusula Décima Séptima conserva íntegro su mecanismo de cesión.
1.110/08/2026Se precisa que Nommad mantiene contrato únicamente con Círculo de Crédito, S.A. de C.V. SIC, en lugar de enunciar varias Sociedades de Información Crediticia.
1.001/08/2026Versión inicial.

CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. VIGENCIA Y TERMINACIÓN

16.1. Estos Términos permanecen vigentes mientras el Usuario mantenga una Cuenta activa.

16.2. El Usuario puede terminar la relación en cualquier momento solicitando la cancelación de su Cuenta a contacto@nommad.mx, sin penalización, sin perjuicio de las obligaciones pendientes de cumplimiento.

16.3. Nommad puede suspender o terminar la relación, con aviso previo salvo casos de urgencia o mandato legal, por incumplimiento de estos Términos, sospecha fundada de fraude, mandato de autoridad o cese del servicio.

16.4. Sobreviven a la terminación: las cláusulas de propiedad intelectual, limitación de responsabilidad, confidencialidad, conservación legal de datos y jurisdicción.


CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. CESIÓN

17.1. El Usuario no puede ceder sus derechos u obligaciones sin consentimiento previo y por escrito de CSO.

17.2. CSO puede ceder su posición contractual en casos de reestructura corporativa, fusión, escisión o venta de activos, notificándolo al Usuario con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación. Si el Usuario no está de acuerdo, puede terminar la relación sin penalización antes de que la cesión surta efectos, y CSO le devolverá la parte proporcional de cualquier contraprestación pagada por servicios aún no prestados.

17.3. Sustitución de Nommad LLC. El Usuario reconoce que la ejecución de la investigación puede pasar de Nommad LLC a CSO cuando ésta obtenga su propio registro como "Usuario" ante una Sociedad de Información Crediticia. En ese supuesto bastará el aviso al Usuario, sin que se requiera su consentimiento, ya que su contraparte contractual —CSO— no cambia.

17.4. La autorización de consulta nunca se transfiere. En ningún caso se transfiere la autorización de consulta a Sociedades de Información Crediticia. Si CSO requiere consultar el historial crediticio del Usuario bajo su propio registro, deberá recabar una autorización nueva e independiente en términos del artículo 28 de la LRSIC.

La autorización otorgada a Nommad LLC conserva su validez respecto de las consultas ya realizadas, y Nommad LLC conservará su evidencia por los 60 (sesenta) meses que la ley exige, incluso después de dejar de operar.


CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. NULIDAD PARCIAL

Si alguna disposición de estos Términos resulta nula, ilegal o inejecutable, dicha disposición se tendrá por no puesta y las restantes conservarán plena validez.


CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. ATENCIÓN AL USUARIO Y CONSUMIDOR

19.1. Para dudas, aclaraciones y quejas: contacto@nommad.mx / +52 55 9111 6827, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas (hora del centro de México).

19.2. Sin perjuicio de lo anterior, el Usuario que tenga el carácter de consumidor puede acudir ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), en sus oficinas centrales o en cualquiera de sus delegaciones, al teléfono 55 5568 8722, o en www.profeco.gob.mx.

19.3. Tratándose de posibles violaciones al Secreto Financiero derivadas de consultas de información crediticia realizadas por Nommad, el Usuario puede acudir ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), conforme al artículo 29 de la LRSIC. Las reclamaciones sobre el contenido de los registros de las Sociedades de Información Crediticia se presentan ante la SIC correspondiente y, en su caso, ante la CONDUSEF.


CLÁUSULA VIGÉSIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

20.1. Estos Términos se rigen por las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos. Ambas sociedades, incluida Nommad LLC, se someten expresamente a dicha legislación, con independencia de su lugar de constitución.

20.2. Para la interpretación y cumplimiento de estos Términos, las Partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México. Tratándose de Usuarios con carácter de consumidor, esta sumisión no les será aplicable y podrán acudir a los tribunales de su domicilio o ante PROFECO.

20.3. Lo anterior sin perjuicio del derecho irrenunciable del Usuario consumidor a acudir ante PROFECO y de la competencia que la Ley Federal de Protección al Consumidor le reconoce.


CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. MANIFESTACIÓN DE ACEPTACIÓN

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  1. Ha leído y comprendido íntegramente estos Términos y el Aviso de Privacidad.
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